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AUTONOMÍA

 

El concepto de autonomía, que procede de un vocablo griego, hace referencia a la condición de aquel o aquello que, en determinados contextos, no tiene dependencia de nadie. Por eso la autonomía se asocia a la independencia, la libertad y la soberanía. Dentro de la Bioética principialista, el principio de autonomía es, entre todos, el principal y el 

primero. Este principio funda sus bases en la filosofía moderna y, en términos sanitarios se anexa como contraste al plurisecular paternalismo médico.
Dicho paternalismo suele ver principalmente como una persona que necesita ayuda, más que como una persona independiente capaz de decidir por cuenta propia. Representa un límite moral significativo para los trabajadores del ámbito sanitario (puesto que les imposibilita el cuidado de las personas autónomas con menor atención de la que merecen).
Childress y Beauchamp, reconocidos filósofos de la ética, se refieren al sujeto autónomo como alguien con una autorregulación (basado por su valor etimológico), se encuentra exento de la injerencia tanto como del control de otras personas. Igualmente, de restricciones internas El movimiento autónomo consta de tres rasgos: Intencionalidad, comprensión y falta de constricción.
Estos dos últimos rasgos expresan relativa gradualidad. Por otro lado, la intencionalidad no, pues un acto se comete de manera intencional, o indiscutiblemente no lo es. 
No es fácil moverse por el mundo con autonomía, ya que siempre debemos someternos a una serie de decisiones ajenas, de forma directa o indirecta. Por mucho que nos esforcemos en recorrer nuestro propio camino, a menos que abandonemos por completo la civilización estaremos sumidos al marco establecido por una regencia, a las reglas de convivencia y a las opiniones de nuestro entorno. Es importante, por lo tanto, alcanzar un equilibrio en el cual dicha influencia externa no nos impida perseguir nuestros objetivos.
Escenario de intervención del principio de autonomía
El principio de autonomía en sí, representa indiscutiblemente el más nuevo logro de la bioética en relación a la ética médica clásica, la cual estuvo enfocada en todo momento a la beneficencia y no al contrario.
Dicho principio se aplica principalmente para la resolución de las polémicas en relación al consentimiento informado y a la negación de ciertos servicios sanitarios.
Childress y Beauchamp con este principio se refieren a un derecho del enfermo más que a un deber de decidir en ciertos aspectos al momento después de habérsele avisado adecuadamente.
En conclusión, se diferencian dos tópicos del principio de autonomía. El negativo, que manifiesta que los actos autónomos no tienen por qué ser manipulados por terceros, y el positivo. Este expresa que los derechos y visiones de las personas deben ser respetadas, siempre que sus juicios y actos no representen un daño de carácter a las otras personas.
El compromiso de considerar las determinaciones autónomas de las demás personas pierde su fuerza al momento que los sujetos en cuestión sean incapaces de razonar y decidir por sí mismos. En este grupo de personas encontramos a los niños, tóxico-dependientes, pacientes con afecciones psicológicas y suicidas irracionales.
El consentimiento
El modelo del principio del respeto hacia la autonomía se representa por el consentimiento informado, el cual, dentro del marco de la bioética es comúnmente hablado. Childress y Beauchamp, antes de hacer mención de los diferentes partes que lo conforman, presentan primero las probables tipologías del consentimiento.
Consentimiento presunto
Este se ocupa de adivinar basándose en el conocimiento que se tiene del paciente, ya sea por los familiares o diagnóstico médico.
Consentimiento expreso
En comparación con el consentimiento presunto, el consentimiento expreso es el más recomendado al momento la acción autónoma. Tal como su nombre lo indica, es el que expresa el paciente.
Consentimiento tácito
Este se interpreta en función del desenvolvimiento del paciente. 
La importancia de cada uno de los diferentes modelos de consentimiento demuestra la manera como, en oportunidades “el fundamento de respeto a la autonomía es convocado en causa de manera injustificada” por medio de una hipótesis ficticia y no de un consentimiento verdadero.
Competencia-Capacidad
El primer punto en el tema de consentimiento es la competencia (en el contexto jurídico) o capacidad (desde el contexto médico) del personaje al decidir, se maneja un tratamiento viable. O así también, una alternativa de ingresar a un protocolo investigativo. Ciertamente, el concepto es sumamente vago y no es capaz de trazar una línea que divida completamente a los sujetos no competentes de los competentes.
Así también, en algunas oportunidades se presentan sujetos de competencia intermitente, capaces de decidir independientemente, y en algunas ocasiones no. También existen casos de individuos totalmente seguros al decidir de manera autónoma en ciertos temas. Mientras que en otros temas y circunstancias necesitan de la ayuda de un tercero.
No obstante, en algunas ocasiones es difícil establecer el grado de competencia de un sujeto. Si bien dicho sujeto es competente (entiende, decide y delibera), su conducta puede hacer dudar de su capacidad y/o competencia.
Revelación
Este segundo tópico del consentimiento informado está conformado por la información recibida por el paciente o persona que se está investigando. Hay múltiples maneras de transmitir al paciente los datos del diagnóstico. De este modo se le permite comprender cuál es la patología que padece y cuántos métodos terapéuticos pueden aplicársele.
Igualmente, en lo que refiere al protocolo de experimentación, se debe comunicar el tipo de investigación que se desea desarrollar, los pros y contras del tratamiento, entre otros.
El tercero es conocido como criterio subjetivo. Los filósofos recomiendan recurrir a los anteriores, puesto que este criterio no establece como prioridad la información que ha de suministrarse a cada entidad nosológica.
Comprensión
Los autores indican la relevancia que tiene la manera en cómo la información es transmitida en relación a la manera en que es recibida y comprendida por los pacientes. Con la finalidad de que éstos se realicen sobre su patología o sobre cierto protocolo radica la manera, las palabras, la intensidad con la que se transmite el diagnóstico. De esta manera, si el médico decide respetar la autonomía del sujeto, debe ser muy meticuloso al momento de decidir la manera de comunicar el diagnóstico patológico, así como las distintas alternativas terapéuticas.
En algunos casos, resulta más fácil contarle al paciente la debida información que el mismo la acepte y la reciba. En estas circunstancias, algunos filósofos argumentan que todos los derechos del sujeto pueden ser renunciables. Asimismo, si un paciente no quiere recibir la información, se debe respetar su decisión y cohibirse de informarle su diagnóstico.
Voluntariedad
En el campo de la medicina, existen muchos métodos de manipulación que son discordantes con la autonomía al decidir. Igualmente, a pesar que sea rara, contrariamente al ámbito policial, esta puede ser argumentada. Véase el caso de un paciente de edad y/o mentalidad inmadura, el cual no seguiría el tratamiento indicado. Incluso, de aquellos sujetos que de manera repentina cambian su previa elección. Algo que jamás estaría justificado ante los ojos de los filósofos de la bioética es el castigar y amenazar a los pacientes.
Childress y Beauchamp, luego de realizar estudios exhaustivos, admiten que el principio de autonomía apenas permanece en un simple esbozo. Como resultado, está abierto a una constante interpretación y especificación de las circunstancias.






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